CONTRATOS MERCANTILES: CONCEPTO, CLASIFICACIÓN Y PARTES. AUTORES: YONARI PEASPAN , ALIS ZABALA; YUSMARY MUÑOZ
Es una convención entre dos o más personas
para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un
vínculo jurídico.
CONTRATO
MERCANTIL
Es un negocio jurídico bilateral que tiene
por objeto un "acto de comercio". Siendo el Acto de comercio"
todo aquél acto regulado en el Código de Comercio, o cualquier otro análogo.
El contrato mercantil se rigen por el Código
de Comercio y las leyes especiales de comercio, y, en todo lo que éstas no
previeren, por las reglas generales de las obligaciones y contratos del Código
Civil.
Código
de Comercio Artículo 109: Si un contrato es mercantil para
una sola de las partes, todos los contratantes quedan, en cuanto a él,
sometidos a la Ley y jurisdicción mercantiles, excepto a las disposiciones
concernientes a la cualidad de comerciante y salvo disposición contraria de la
ley. Sin embargo, si la parte no comerciante fuere la demandada, los lapsos
judiciales no podrán acortarse sino en los casos previstos por el Código de
Procedimiento Civil.
CARACTERÍSTICAS
DEL CONTRATO MERCANTIL
Ø Es
un medio (instrumento jurídico) de la circulación mercantil.
Ø Es
regulado por el Código Civil y el Código de Comercio.
Ø Tiene
Libertad de Forma aunque el Estado obliga a realizar numerosas operaciones con
arreglo a formas rígidamente preestablecidas. Su intención es la de
proteger el interés del público en general.
Ø Reducción
del principio de la autonomía de la voluntad en materia de contratación.
CLASIFICACIÓN
DE LOS CONTRATOS MERCANTILES
Ø Contrato de Colaboración Asociativa:
En estos contratos existe un acuerdo de
organización entre varias partes, de los que nace una relación duradera y que
va dirigido a regular las relaciones de los socios entre ellos, y las de cada
uno con la sociedad.
Ejemplo: contratos de sociedad: Artículo
1.649(código civil). El contrato de sociedad es aquel por el cual dos o más
personas convienen en contribuir, cada uno con la propiedad o el uso de las
cosas, o con su propia industria, a la realización de un fin económico común.
Ø Contrato de Colaboración Simple:
Son todos aquellos
mediante los cuales, una de las partes, coopera con su actividad para conseguir
el fin de otra. Ejemplos de este: los contratos de comisión, publicidad,
gestorías. Articulo 376(CCO). el comisionista es el que ejerce actos de
comercio en su propio nombre por cuenta de un comitente.
Ejemplo: Contrato de
comisión: es un modelo de contrato mediante el cual una empresa o profesional
autónomo (el comisionista) se compromete a realizar un acto u operación
mercantil por encargo de otro (el comitente), siendo responsable de los
resultados y percibiendo una remuneración a cambio (la comisión).
Ø Contrato de Garantía:
En este tipo se da como finalidad
principal, asegurar el cumplimiento de una determinada obligación.
Ejemplo Contrato de Fianza: Artículo 544
(CCO). La fianza es mercantil, aunque el fiador no sea comerciante, si tiene
por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación mercantil.
Ø Contrato de Cobertura de Riesgo:
En estos, una de las partes se
compromete a cubrir las consecuencias que un determinado riego puede llegar a
producir en la otra parte contratante.
Ejemplo: Contrato de Seguro: Artículo
548 (CCO).“El seguro es un contrato por el cual una parte se obliga, mediante
una prima, a indemnizar la pérdida o los perjuicios que puedan sobrevenir a la
otra parte en casos determinados, fortuitos o de fuerza mayor; o bien a pagar
una suma determinada de dinero, según la duración o las eventualidades de la
vida o de la libertad de una persona.”
Ø Contrato de Concesión de Crédito:
Son los que realizan las entidades
financieras cuando nos conceden algún tipo de crédito. Artículo 1.877(código
civil). La hipoteca es un derecho real constituido sobre los bienes del deudor
o de un tercero, en beneficio de un acreedor, para asegurar sobre estos bienes
el cumplimiento de una obligación.
Ejemplo: crédito hipotecario, el cual se
concede para la adquisición de inmuebles, terrenos o bien para la construcción
de viviendas y, por lo general, contempla un máximo de veinte años para ser
saldado. A modo de garantía, la entidad que lo otorga hipoteca el predio o propiedad.
Ø Contrato de Cambio:
Tiene como finalidad la circulación de
la riqueza, utilizando cualquiera de los medios previstos en derecho. Artículo
1 474.(código civil). La venta es un contrato por el cual el vendedor se obliga
a transferir la propiedad de una cosa y el comprador a pagar el precio.
Ejemplo: Contrato de compraventa: Su
finalidad es fijar las condiciones en que el comprador y vendedor han de llevar
a cabo la compraventa de un determinado bien o derecho.
Ø Contrato de Custodia:
Una de las partes se obliga a guardar o
custodiar algo por cuenta de otro.
Ejemplo: Contrato de depósito: Artículo
1.751 (Código Civil). El depósito propiamente dicho es un contrato gratuito,
salvo convención en contrario, que no puede tener por objeto sino cosas muebles.
Ø Contrato de Hospedaje:
Se trata de un contrato consensual, ya
que las partes consienten libremente en obligarse, una de ellas se obliga a
prestar alojamiento con los servicios complementarios que procedan a cambio de
un precio, y la otra a pagar por los servicios recibidos. un contrato atípico,
ya que carece de regulación específica, sin embargo se le aplican las normas
generales relativas a los contratos.
Ø Contrato de Mandato:
Artículo 1.684 del
Código Civil: El mandato es un contrato por el cual una persona se obliga
gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de
otra, que la ha encargado de ello.
OTROS
CONTRATOS MERCANTILES
Contrato
de Transporte: Artículo 154 (CCO) El contrato de
transporte tiene lugar entre el expedidor o remitente, que da la orden de
transporte, y el empresario que se encarga de hacerlo efectuar en su nombre y
por cuenta de otro, o bien entre uno de ellos y el porteador que se encarga de
efectuarlo. Contrato de préstamo: Artículo 527°(CCO) El préstamo es mercantil
cuando concurren las circunstancias siguientes:
1. Que alguno de los
contratantes sea comerciante.
2. Que las cosas prestadas se destinen a actos de
comercio Contrato de Permuta Artículo 1.558. (Código civil) La permuta es un
contrato por el cual cada una de las partes se obliga a dar una cosa para
obtener otra por ella.
TAMBIÉN SON CONTRATOS
MERCANTILES:
Ø Los
cheques
Ø Cartas
de créditos.
Ø Los
pagares.
Ø La
letra de cambio.
Ø Contratos
de franquicia.
Ø Contratos
de leasing.
Ø Contratos
de factoring.
Ø Contratos
de consulting.
Ø Contratos
de agencia.
Ø Contrato
de Franquicias.
PARTES
DEL CONTRATO MENCANTIL
Ø Exposición
Vinculan los hechos y antecedentes que pueden ser
importantes pero que no poseen una estimación normativa.
Asimismo, pueden abarcar cláusulas que determinen el
significado de conceptos específicos para el contrato a suscribir.
Ø Cuerpo normativo
Abarca los convenios o resoluciones objeto del contrato.
Consisten en las cláusulas de tipo
normativas.
Ø Título
El título señala qué clase de contrato se
ha estructurado.
Ø Cuerpo
sustantivo
Este elemento del contrato identifica a las partes. Dichas
partes pueden ser, dependiendo el contrato, tanto personas jurídicas como personas físicas. El cuerpo sustantivo engloba
partes como: la fecha y el lugar de contrato, identificación de quienes lo
firman, representaciones de los participantes señalando si firman el contrato
en su propio nombre, o en nombre de un tercero o un colectivo.
De igual forma abarca la identificación de los elementos y
servicios que constituyen el contrato, y de aspectos como el área geográfica.
Ø Anexos
Desenvuelven algunos temas complejos del convenio para
hacer más sencilla su lectura.
Ø Cierre
Fórmula de cierre en la que se señala la
manera de establecer el convenio.
FUENTES CONSULTADAS:
Compañeros, muy buen contenido. Me encantó la presentación de su página. Los felicito.
ResponderBorrarEquipo Nro. 8