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ACTOS DE COMERCIO; COMERCIANTE: AUTORES: YONARI PEASPAN , ALIS ZABALA, YUSMARY MUÑOZ

Son actos jurídicos que producen efectos en el campo del derecho mercantil. Siendo los Acto jurídico acontecimiento en que interviene la voluntad del hombre para crear, modificar o extinguir una relación jurídica.




CRITERIOS DE LOS ACTOS DE COMERCIO

Acto de comercio objetivo: que dice que son aquellos que son mercantiles, porque es mercantil su objeto o materia.A demás tienen la virtud de atraer a la jurisdicción mercantil a todo aquel que lleve a cabo, haciendo punto omiso de su carácter de comerciante o de civil, o lo que es lo mismo que son mercantiles bilateral mente.

Acto de comercio subjetivo: Son aquellos que solo son mercantiles por que los ejecutan personas que tienen calidad de comerciantes, a menos que el acto sea de naturaleza esencialmente civil; como por ejemplo el matrimonio, adopción, reconocimiento de un hijo, etc.

CLASIFICACIÓN DE ACTOS DE COMERCIO

1.- Actos mercantiles que corresponden al concepto económico de comercio
comprenden todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres con propósito de especulación mercantil, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías; las compras y ventas cuando se hagan con propósito de especulación comercial; compras y ventas de acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles; la enajenación que el propietario o el cultivador haga de los productos de su finca o de su cultivo; los actos de las empresas de abastecimientos y suministros; actos de las empresas de construcciones y trabajos públicos y privados; enajenaciones de las empresas de fábricas y manufacturas; las empresas de transportes de personas o cosas por tierra o por agua, las empresas de turismo, de librerías, de editoriales, tipográficas, empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en publica almoneda, empresas de espectáculos públicos, operaciones de banco, los contratos de seguros realizados por empresas dedicadas a dicha actividad, contratos de fianza hechas por instituciones de crédito o de fianzas, depósitos de almacenes generales.

2.- Actos mercantiles por referirse a cosas mercantiles por su naturaleza:
Son las compras y ventas de porciones de las sociedades mercantiles, contratos relativos a obligaciones del estado, u otros títulos de crédito corrientes en el comercio. 

3.- Actos de comercio relacionados con la actividad mercantil:
Las operaciones de comisión mercantil, operaciones de mediación en negocios mercantiles, obligaciones de los comerciantes; a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio; las obligaciones entre comerciantes y banqueros si no son de naturaleza civil, y los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio.

ACTOS MIXTOS: Tienen lugar cuando para una de las partes se reputa mercantil y para la otra no.

COMERCIANTE

Art. 10 C.Co.: Son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.

La cualidad de comerciante depende de su actividad diaria, de sus obligaciones y del ejercicio de sus derechos frecuentes y habituales, de la cual obtiene los recursos fundamentales para su mantenimiento y para la operatividad de sus negocios. El comerciante debe realizar sus actividades con fines de lucro. No es necesario que cada acto de comercio se haga con tales fines, pero la actividad profesional debe perseguir tal finalidad. El comerciante debe obrar en nombre propio, no son comerciantes los factores que ejercen el comercio en nombre del principal o los administradores de las sociedades mercantiles, que realizan actos de comercio (Art. 2 y 3 C.Co.) en nombre de la sociedad.

EJERCICIO DEL COMERCIO

El ejercicio en interés propio quiere decir que no basta ejercer actos de comercio como ocupación ordinaria con capacidad para ello, para adquirir la calidad de comerciante, es requisito esencial para obtener dicha calificación que el ejercicio habitual del comercio se realice por cuenta de quien lo efectúa. Podemos ser comerciantes a través de los actos que otros realizan en nuestro nombre, y se pueden realizar actos de comercio de un modo habitual, sin que ello atribuya la calidad de comerciante, por haberlos realizado en nombre ajeno. La condición de actuar por cuenta propia es un tercer requisito en la definición de comerciante.

 OBLIGACIÓN DE LOS COMERCIANTES

Publicidad de la calidad mercantil:
Es la obligación que a los comerciantes les impone el Art. 16 frac. 1 en relación con el Art. 17, ambos del CoCo, la de participar por medio de una circular dirigida a los demás comerciantes de las plazas en que tienen su domicilio, sucursales, corresponsales, etc. el nombre de su establecimiento, ubicación y objeto y demás circunstancias así como aquellas modificatorias de las anteriores, también tiene como obligación publicar en el periódico oficial o en su defecto en algún otro periódico las circulares que dirijan el estado de liquidación y la clausura del propio establecimiento u oficina.

Estas obligaciones en cuanto a su cumplimiento se dejan a la buena voluntad del comerciante ya que la ley no establece ninguna sanción aplicable a quienes no cumplan con ellas.

Deber de inscribirse en el registro de comercio:
En el caso del comerciante individual la obligación es potestativa para inscribirse en el registro público de comercio.

En el caso de las sociedades está más que justificada la inscripción, debido a que tratándose de entes colectivos que realizan la actividad comercial, el público en general y especialmente los que con dichos organismos contratan necesitan estar protegidos, conocer los antecedentes, solvencia, responsabilidad, domicilio, duración, personas usuarias de la firma social, así como el monto de integración del capital.

Llevar contabilidad y libros que sean necesarios para su actividad comercial:
La necesidad en que esta el comerciante de seguir un orden riguroso de cuenta y razón se justifica por motivos de interés social, además de que en lo personal pueda tener aquel la necesidad de saber en cualquier momento su situación económica y el estado de sus negocios, ya que opera en múltiples casos a crédito.

El comerciante tiene la obligación de llevar libros de contabilidad (Libro de inventarios y balances, Libro diario, Libro mayor o de cuentas corrientes) lo cual es general para todo tipo de comerciantes tal y como lo establece el Art. 33 del CoCo.

Guardar la correspondencia necesaria relativa al giro comercial: Art. 47 -50 CoCo:
La correspondencia de los comerciantes por identidad de motivos está sujeta a archivarse y llevarse en buen orden, y en cuanto a la que ellos expiren tienen obligación de reproducirla en un libro copiador ya sea por procedimiento manual o mecánico.

La correspondencia, así como los libros de contabilidad tienen fines probatorios en juicio y está sujeta a las reglas de exhibición y comunicación que establece la ley mercantil.

Investigar efectos contra terceros en el caso de que una sociedad mercantil no esté inscrita en el registro público del comercio Art.-27

AGENTES DEL COMERCIO

Los agentes comerciales se encargan concretamente de 4 cuestiones fundamentales para las empresas:

  • 1.      Informa
  • 2.      Presenta
  • 3.      Negocia
  • 4.      Cierra la operación



Por ello, la persona que se pregunta qué es un agente comercial, debe saber que esta figura desempeña unas funciones para las que se debe estar altamente cualificado; además, debe conocer cuáles son los puntos fuertes y las flaquezas de la compañía para la que trabajan.

En tal sentido, podemos decir que los  agentes de comercio,  son las personas que actúen de modo permanente, en relación con uno o varios principales, promoviendo contratos mercantiles o celebrándolos en nombre y por cuenta de aquellos.

Los agentes de comercio pueden ser:


1) Dependientes: si actúan por orden y cuenta del principal, forman parte de su empresa y están ligados a éste por una relación de carácter laboral.


2) Independientes: si actúan por medio de su propia empresa y están ligados con el principal por un contrato mercantil, contrato de agencia.


AGENTES INTERMEDIARIOS DEL COMERCIO

LOS SUJETOS EN EL DERECHO MERCANTIL.

Sujetos:
Son sujetos de las relaciones mercantiles todas las personas que intervienen en la realización de un acto de comercio absoluto (sujetos ocasionales), y también consideramos en especial a los comerciantes como categoría especifica de sujetos de otra categoría de actos (sujetos mercantiles propiamente).

Objeto:
Mercantiles por su esencia y los mercantiles por su naturaleza.

Vinculo jurídico:
Acto de comercio.

VENDUTEROS


Son las personas que se dedican profesionalmente a vender en nombre propio, pero por cuenta de otro, en pública almoneda, al mejor postor productos naturales, mercancías sanas o averiadas y bienes muebles de toda especie.

Es decir, son las personas cuya función es la de realizar actos de comercio a través de un mandato otorgado por un tercero, propietario de los bienes a vender, para que este realice dichas operaciones de subasta pública.







FUENTES CONSULTADAS:
http://www.derecho.mx.tripod.com/mercantil/generalidades.htm
https://www.youtube.com/watch?v=RxV12-iTuT0

Comentarios

  1. Compañeros, muy buen contenido. Me encantó la presentación de su página. Los felicito.

    Equipo Nro. 8

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  2. Compañeros buen contenido y presentacion, felicidades

    equipo 8

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