CRITERIOS DE LOS ACTOS DE COMERCIO
Acto de comercio objetivo: que dice que son aquellos que son mercantiles, porque es mercantil su objeto o materia.A demás tienen la virtud de atraer a la jurisdicción mercantil a todo aquel que lleve a cabo, haciendo punto omiso de su carácter de comerciante o de civil, o lo que es lo mismo que son mercantiles bilateral mente.
Acto de comercio subjetivo: Son aquellos que solo son mercantiles por que los ejecutan personas que tienen calidad de comerciantes, a menos que el acto sea de naturaleza esencialmente civil; como por ejemplo el matrimonio, adopción, reconocimiento de un hijo, etc.
CLASIFICACIÓN DE ACTOS DE COMERCIO
1.- Actos mercantiles que corresponden al concepto económico de comercio
comprenden todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres con propósito de especulación mercantil, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías; las compras y ventas cuando se hagan con propósito de especulación comercial; compras y ventas de acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles; la enajenación que el propietario o el cultivador haga de los productos de su finca o de su cultivo; los actos de las empresas de abastecimientos y suministros; actos de las empresas de construcciones y trabajos públicos y privados; enajenaciones de las empresas de fábricas y manufacturas; las empresas de transportes de personas o cosas por tierra o por agua, las empresas de turismo, de librerías, de editoriales, tipográficas, empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en publica almoneda, empresas de espectáculos públicos, operaciones de banco, los contratos de seguros realizados por empresas dedicadas a dicha actividad, contratos de fianza hechas por instituciones de crédito o de fianzas, depósitos de almacenes generales.
2.- Actos mercantiles por referirse a cosas mercantiles por su naturaleza:
Son las compras y ventas de porciones de las sociedades mercantiles, contratos relativos a obligaciones del estado, u otros títulos de crédito corrientes en el comercio.
3.- Actos de comercio relacionados con la actividad mercantil:

ACTOS MIXTOS: Tienen lugar cuando para una de las partes se reputa mercantil y para la otra no.
COMERCIANTE
Art. 10 C.Co.: Son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.
La cualidad de comerciante depende de su actividad diaria, de sus obligaciones y del ejercicio de sus derechos frecuentes y habituales, de la cual obtiene los recursos fundamentales para su mantenimiento y para la operatividad de sus negocios. El comerciante debe realizar sus actividades con fines de lucro. No es necesario que cada acto de comercio se haga con tales fines, pero la actividad profesional debe perseguir tal finalidad. El comerciante debe obrar en nombre propio, no son comerciantes los factores que ejercen el comercio en nombre del principal o los administradores de las sociedades mercantiles, que realizan actos de comercio (Art. 2 y 3 C.Co.) en nombre de la sociedad.
EJERCICIO DEL COMERCIO
El ejercicio en interés propio quiere decir que no basta ejercer actos de comercio como ocupación ordinaria con capacidad para ello, para adquirir la calidad de comerciante, es requisito esencial para obtener dicha calificación que el ejercicio habitual del comercio se realice por cuenta de quien lo efectúa. Podemos ser comerciantes a través de los actos que otros realizan en nuestro nombre, y se pueden realizar actos de comercio de un modo habitual, sin que ello atribuya la calidad de comerciante, por haberlos realizado en nombre ajeno. La condición de actuar por cuenta propia es un tercer requisito en la definición de comerciante.
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de la calidad mercantil:
Llevar contabilidad y libros que sean necesarios para su actividad comercial:
Guardar la correspondencia necesaria relativa al giro comercial: Art. 47 -50 CoCo:
Los agentes comerciales se encargan concretamente de 4 cuestiones
fundamentales para las empresas:
Por ello, la persona que se pregunta qué es un agente comercial, debe
saber que esta figura desempeña unas funciones para las que se debe estar altamente
cualificado; además, debe conocer
cuáles son los puntos fuertes y las flaquezas de la compañía para la que
trabajan.
Los agentes de comercio pueden ser:
1) Dependientes: si actúan por orden y cuenta del principal, forman parte de su empresa y están ligados a éste por una relación de carácter laboral.
Sujetos:
VENDUTEROS
Es decir, son las personas cuya función es la de realizar actos de comercio a través de un mandato otorgado por un tercero, propietario de los bienes a vender, para que este realice dichas operaciones de subasta pública.
FUENTES CONSULTADAS:
http://www.derecho.mx.tripod.com/mercantil/generalidades.htm
https://www.youtube.com/watch?v=RxV12-iTuT0
OBLIGACIÓN DE LOS COMERCIANTES
Es la obligación que a los
comerciantes les impone el Art. 16 frac. 1 en relación con el Art. 17, ambos
del CoCo, la de participar por medio de una circular dirigida a los demás
comerciantes de las plazas en que tienen su domicilio, sucursales,
corresponsales, etc. el nombre de su establecimiento, ubicación y objeto y
demás circunstancias así como aquellas modificatorias de las anteriores,
también tiene como obligación publicar en el periódico oficial o en su defecto
en algún otro periódico las circulares que dirijan el estado de liquidación y
la clausura del propio establecimiento u oficina.
Estas obligaciones en cuanto a su
cumplimiento se dejan a la buena voluntad del comerciante ya que la ley no
establece ninguna sanción aplicable a quienes no cumplan con ellas.
Deber
de inscribirse en el registro de comercio:
En el caso del comerciante individual
la obligación es potestativa para inscribirse en el registro público de
comercio.
En el caso de las sociedades está más
que justificada la inscripción, debido a que tratándose de entes colectivos que
realizan la actividad comercial, el público en general y especialmente los que
con dichos organismos contratan necesitan estar protegidos, conocer los
antecedentes, solvencia, responsabilidad, domicilio, duración, personas
usuarias de la firma social, así como el monto de integración del capital.
Llevar contabilidad y libros que sean necesarios para su actividad comercial:
La necesidad en que esta el
comerciante de seguir un orden riguroso de cuenta y razón se justifica por
motivos de interés social, además de que en lo personal pueda tener aquel la
necesidad de saber en cualquier momento su situación económica y el estado de
sus negocios, ya que opera en múltiples casos a crédito.
El comerciante tiene la obligación de
llevar libros de contabilidad (Libro de
inventarios y balances, Libro diario, Libro mayor o de cuentas corrientes) lo
cual es general para todo tipo de comerciantes tal y como lo establece el Art.
33 del CoCo.
Guardar la correspondencia necesaria relativa al giro comercial: Art. 47 -50 CoCo:
La correspondencia de los comerciantes
por identidad de motivos está sujeta a archivarse y llevarse en buen orden, y
en cuanto a la que ellos expiren tienen obligación de reproducirla en un libro
copiador ya sea por procedimiento manual o mecánico.
La correspondencia, así como los
libros de contabilidad tienen fines probatorios en juicio y está sujeta a las
reglas de exhibición y comunicación que establece la ley mercantil.
Investigar efectos contra terceros en
el caso de que una sociedad mercantil no esté inscrita en el registro público
del comercio Art.-27
AGENTES DEL COMERCIO
- 1. Informa
- 2. Presenta
- 3. Negocia
- 4. Cierra la operación
En tal sentido, podemos decir que los agentes de comercio, son las personas que actúen de modo
permanente, en relación con uno o varios principales, promoviendo contratos
mercantiles o celebrándolos en nombre y por cuenta de aquellos.
Los agentes de comercio pueden ser:
1) Dependientes: si actúan por orden y cuenta del principal, forman parte de su empresa y están ligados a éste por una relación de carácter laboral.
2) Independientes: si
actúan por medio de su propia empresa y están ligados con el principal por un
contrato mercantil, contrato de agencia.
AGENTES INTERMEDIARIOS DEL COMERCIO
LOS
SUJETOS EN EL DERECHO MERCANTIL.
Sujetos:
Son sujetos de las relaciones
mercantiles todas las personas que intervienen en la realización de un acto de
comercio absoluto (sujetos ocasionales), y también consideramos en especial a
los comerciantes como categoría especifica de sujetos de otra categoría de
actos (sujetos mercantiles propiamente).
Objeto:
Mercantiles por su esencia y los
mercantiles por su naturaleza.
Vinculo jurídico:
Acto de comercio.
VENDUTEROS
Son las personas que se dedican
profesionalmente a vender en nombre propio, pero por cuenta de otro, en pública
almoneda, al mejor postor productos naturales, mercancías sanas o averiadas y
bienes muebles de toda especie.
FUENTES CONSULTADAS:
http://www.derecho.mx.tripod.com/mercantil/generalidades.htm
https://www.youtube.com/watch?v=RxV12-iTuT0
Compañeros, muy buen contenido. Me encantó la presentación de su página. Los felicito.
ResponderBorrarEquipo Nro. 8
Compañeros buen contenido y presentacion, felicidades
ResponderBorrarequipo 8